El funcionamiento de la Justicia en los EEUU muestra diversos aspectos que hablan de una institución enorme, compleja, en la que se puede encontrar desde prestigiosos juristas que investigan, escriben, publican importantes tratados sobre los temas que venimos analizando. El funcionamiento de las grandes corporaciones económicas, industriales, financieras, gigantescas organizaciones internacionales que le han presentado a las leyes de ese país un abanico de casos y problemas que han estudiado muy detalladamente. ¿Esto garantiza la eliminación del delito? No lo creo, puesto que tienen que lidiar con estudios jurídicos que se han convertido también en grandes empresas con contactos fluidos en todos los estamentos de gobierno, y ello les otorga una capacidad de maniobras de todo tipo, legales y no tanto.
Uno de esos tratadistas que han estudiado las corporaciones por dentro y se ha convertido en un crítico implacable respecto a sus conductas y maniobras es el Dr. Robert A.G. Monks , quien recoge y difunde información y opiniones sobre la gobernabilidad en las corporaciones. Uno de los temas en el que se ha centrado en sus investigaciones es en la distribución del poder dentro de ellas, cómo funciona y cómo se toman las decisiones. «Los gobiernos deben insistir en que la presencia eficaz de los accionistas en todas las compañías redunda en el interés nacional y que la norma en el país es contribuir a la participación efectiva de los accionistas en la gobernabilidad de las corporaciones de propiedad pública. Durante cerca de 80 años, en Estados Unidos, abogados y juristas, en particular el ex magistrado de la Corte Suprema Louis D. Brandeis, han expresado su inquietud por la creciente brecha que separa a los accionistas de la administración de las corporaciones y el consiguiente abuso de poder en las corporaciones. La misma inquietud fue expresada por Adolph Berle y Gardiner Means en 1932 en su obra The Modern Corporation and Private Property».
Una pequeña aclaración: el tema radica en la propiedad de las acciones de una compañía que puede estar dispersa en diversas manos por lo cual se atomiza el poder de decisión en las asambleas. Gran parte de los pequeños accionistas son personas que ahorran dinero y lo invierten en acciones de grandes empresas para asegurarse una jubilación extra. Si a comienzos del siglo XX se decía que había que tener el 51% del paquete accionario para controlar una empresa, la dispersión en muchas manos hace que con un porcentaje mucho menor también se logre hoy ese control. Por otra parte esa masa de accionistas no participa de las asambleas puesto que sólo les preocupa el pago de los dividendos como renta.
El jurisconsulto James Willard Hurst resumió en 1970 los temores y conjeturas sobre todos estos temas: «La vigilancia por parte de los accionistas es el principal factor interno del que se ha dependido tradicionalmente para dar legitimidad al poder corporativo. La permanente buena voluntad de nuestros ciudadanos de permitir a directivos corporativos, escogidos en privado, a tomar decisiones que afectan la producción, el empleo y la calidad de vida, depende de la rendición de cuentas de estos directivos ante los propietarios de la corporación. A nuestro juicio, la erosión práctica del poder de voto de los accionistas socava la estructura misma de la empresa privada, que es la base de nuestra vida política y economía nacional».
Los accionistas han cedido involuntariamente, de hecho, en gran parte inconscientemente, sus atribuciones a la dirección de las corporaciones. Esta tendencia ha dejado un vacío de propiedad en el meollo del capitalismo accionario. De aquí el consiguiente abuso de poderes en las corporaciones de parte de los altos ejecutivos que no encuentra ningún tipo de control ni limitación dentro de la organización.
«La esencia de todo sistema de gobernabilidad radica en que aquellos a quienes se confían los mayores poderes deben rendir cuentas a quienes sirven; de otro modo, se impone el interés propio en mayor o menor grado. El capitalismo accionario estadounidense es un ejemplo de esta distorsión. La rendición de cuentas que existe es generalmente limitada y se hace con retraso. La dirección no rinde cuentas de su gobernabilidad realmente a los accionistas individuales ni a las compañías inversionistas y a los gestores de fondos, que son los agentes intermediarios de los accionistas. Ni tampoco estos intermediarios rinden cuentas, a su vez, a los accionistas últimos, es decir, a los miembros del fondo de pensiones y los tenedores de pólizas de seguros. Por tanto existe un doble déficit de rendición de cuentas, que inevitablemente se debe a unos propietarios ausentes y pasivos. Este es el fallo fundamental del capitalismo accionario y se debe solucionar de manera eficaz para poder poner remedio a todos los demás puntos débiles»