XXIV.- Reflexiones sobre la política – La democracia y el mercado -LU3– 13-6-17

La ciudad comienza a organizarse según criterios burgueses. Es decir, si el sistema feudal imponía cargas arbitrarias, según los gastos de la nobleza rural, o en relación a sus necesidades para cubrir las campañas militares, los habitantes de la comuna urbana comenzaban a aplicar criterios más equitativos. Afirma Henry Pirenne el principio igualitario que regía en la comuna urbana:

Una ciudad que debe ser atendida para satisfacer las necesidades de todos, debe ser solventada por todos. “Todos los burgueses que disfrutan igualmente las ventajas de la comuna están por lo mismo obligados a cubrir sus gastos”. Lo que cada uno debe aportar está fijado en proporción a su fortuna, sentando así un principio de justicia social.

No debe pasar inadvertido, que hace ocho siglos la equidad fue el criterio para la aplicación de las cargas fiscales para la administración y el mantenimiento de los servicios comunales. Continúa al respecto el historiador:

Sea cual sea la forma que adquiera, el producto del impuesto es dedicado enteramente a cubrir las necesidades de la comuna. Desde el siglo XII se instituye un control financiero y, desde esta época se observan las primeras huellas de una contabilidad municipal”. Comienza a parecer una serie de principios administrativos de eficiencia y de control.

Prestemos atención sobre cuáles eran las necesidades que la comuna debía atender, que fueron  creciendo con el transcurso del tiempo, y que ya en el siglo XIII pueden apreciarse:

1.- La provisión de alimentos provenientes del agro que la población de la ciudad debía “importar”, mayormente de la zona cercana; 2.- proteger a los artesanos de la competencia de lo producido en otras ciudades para no perjudicar a sus habitantes; 3.- organizar el aprovisionamiento de materias primas y asegurar la “exportación” de sus manufacturas; 4.- proteger al consumidor respecto de calidad y precio; 5.- atender a las necesidades de educación y salud de sus pobladores.

La legislación urbana transcribía en reglas jurídicas los valores vigentes sostenidos por la tradición cristiana. Los principios morales se transcribían en la legislación que regulaba todos los aspectos de la vida comunitaria: establecer para cada producto el justo precio, esto es, el precio mínimo. Podríamos decir, con conceptos actuales, un esbozo del estado benefactor a nivel comunal. Todo esto lo realizó de modo tal que despierta la admiración del Profesor Pirenne, quien lo expresa con estas palabras:

Lo consiguieron mediante una reglamentación tan maravillosamente adaptada a su objetivo que se la puede considerar como una obra maestra de su género. La economía urbana es digna de la arquitectura gótica, de la que es contemporánea. Creó todas las piezas y diría gustosamente que creó ex nihilo una legislación social más completa que la de cualquier otra época de la historia incluida la nuestra.

El Profesor pasa a detallar algunas de las disposiciones y el objetivo que se buscaba con ellas respecto al buen funcionamiento urbano y la equidad en las relaciones sociales:

Al suprimir los intermediarios entre el comprador y el vendedor, garantizó a los burgueses el beneficio de una vida barata, persiguió incansablemente el fraude, protegió al trabajador contra la competencia y la explotación, reglamentó su trabajo y su salario, cuidó la higiene, se ocupó de su aprendizaje, impidió el trabajo de las mujeres y de los niños, al mismo tiempo que consiguió reservar para la ciudad el monopolio de proveer con sus productos los campos de los alrededores y encontrar en zonas alejadas salidas para sus producciones.

No puede menos que sorprendernos a nosotros, hombres del siglo XXI, saber todas estas cosas, que ya se habían reglamentado en una época tan alejada, en tiempo y espacio Todo ello presenta una organización social casi ideal respecto de la que nos rige hoy. Una organización de la vida en comunidad que atendiera a tantas y tan variadas cuestiones y las resolviera de ese modo. La autoridad académica y la seriedad intelectual de quien lo dice no permiten dudas sobre el particular.

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